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Inmobiliarios sanjuaninos anticipan un fuerte freno de los alquileres por la nueva ley

Si bien la nueva ley fue sancionada, aún no se conoce su reglamentación ni entra en vigencia pero desde el sector manifestaron que hay puntos cuestionables.
domingo, 14 de junio de 2020 10:30
domingo, 14 de junio de 2020 10:30

Tras un primer rebote, el Senado aprobó la semana pasada la ley de alquileres, muy esperada por el sector que agrupa a los inquilinos que habían solicitado una normativa hace años y no tenía avances. Incluye una serie de puntos que formaliza derechos de inquilinos y de locadores, además de darle un reconocimiento a la figura del agente inmobiliario como intermediario de las operaciones, destacando que él ofrece un ámbito de mayores garantías para hacer un contrato y no entre particular y locatario directamente.

No obstante, desde el sector inmobiliario sanjuanino consideran que la normativa tiene puntos, por ahora cuestionables. Sin embargo, aguardan la reglamentación. “Ante todo hay que aclarar que la nueva ley aún no está vigente ya que hemos tenido muchas consultas al respecto. Falta conocer la reglamentación y que sea promulgada y publicada en el Boletín Oficial. La primera lectura que hacemos es que habrá una fuerte caída de los alquileres. Los propietarios no van a cerrar tratos hasta tanto no estén seguros de la ecuación que aplicará. Hay mucha desconfianza en el índice propuesto”, expresó Mauricio Turell, secretario de la Cámara de la Construcción e Inmobiliarias de San Juan.

Con ello, se refiere a que con la nueva ley, los alquileres se ajustarán una vez por año con una fórmula compuesta en un 50% por la evolución de los salarios (conocido como el índice Ripte) y 50% por la evolución de la inflación que mide el Indec (IPC). “En concreto, no hay una certeza para el propietario sobre qué podrá cobrar en el segundo año de alquiler. En esto se basa la inseguridad y las dudas sobre lo que se plantea. Recordemos que siempre hay una diferencia entre los números de la inflación que expone INDEC, las consultoras privadas y el bolsillo real de inquilinos y propietarios”, resaltó.

Si existiera confianza en ese punto, Turell acota que la extensión de los contratos de 2 a 3 años no sería un inconveniente.

Por otra parte, la flamante ley también establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y para el inmobiliario, “esto también genera complicaciones para el locador en el caso que los contratos se den de baja antes de lo estipulado. Esto marca, en líneas generales, nuestro descontento con esta normativa”.

Sobre las garantías, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos).  Para Turell, “no marca cambios en la situación actual con el sistema que rige en nuestra provincia actualmente, tanto para viviendas familiares como para comercios”. Y sobre la puesta en valor del corredor inmobiliario matriculado para concretar los contratos de alquiler señaló que “si bien es un reconocimiento, esto siempre debió ser así”.

Con este nuevo panorama,  Mauricio sentenció que “esta ley está pensada para el buen inquilino y la realidad es que son pocos. Por ejemplo, la normativa plantea también que el locador debe devolver el mes de depósito actualizado al momento de finalizar el contrato. Pero, ¿qué pasa si el locatario deja un calefactor roto u otro tipo de daños en el inmueble? Eso no se tuvo en cuenta”.

El dato

Hasta tanto no sea publicada en el Boletín Oficial, renovar un contrato en una vivienda o mudarse y firmar un nuevo contrato se llevará a cabo con la ley anterior, que tiene contratos de 2 años y aumentos semestrales. Para estos contratos o los que se encuentran en vigencia, no aplicará la nueva ley, dado que no es retroactiva.

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