Propiedad

Ante negativas para escriturar, IPV busca dar un giro para comprometer a los adjudicatarios de casas

Ante la posibilidad de regularizar el bien inmueble y registrarlo a favor de quien vive allí, el organismo detectó que hay resistencias. La causa más frecuente.
jueves, 19 de agosto de 2021 22:10
jueves, 19 de agosto de 2021 22:10

En la última visita del ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat, Jorge Ferraresi se entregaron 580 escrituras a familias adjudicatarias de IPV. Ese paso es uno de los más esperados ya que otorga la titularidad del inmueble a un titular y mientras que para algunos es una tranquilidad, para otros es algo que no desean tener. Ante eso, el organismo espera poder hacer un cambio que lleve naturalmente a los titulares a hacer el trámite.

"Durante mucho tiempo, adjudicatarios esperaron que hubiera un régimen de regularización dominial para tener su escritura. Se abordaron y quedan por abordar casos en los que barrios se construyeron en terrenos de gremios o mutuales y al no ser transferidos al IPV, no se podía encarar el trámite. Pero hay situaciones en las que los adjudicatarios no quieren tener una vivienda a su nombre sino que siga siendo del IPV para evitar compromisos en caso de separaciones, herencias, embargos, etc", detalló el director de IPV, Marcelo Yornet a Diario La Provincia SJ.

Ante esas circunstancias reiteradas, el organismo trabaja en posibilidades: por un lado, lograr el traspaso de terrenos de gremios en los que hace años se construyeron barrios y así poder escriturar en favor de los adjudicatarios y por otro, buscar la manera de comprometer a los nuevos adjudicatarios a tener que escriturar en un plazo determinado.

"Estamos trabajando en ello ya que el propósito del IPV es que el adjudicatario sea dueño pleno de su vivienda única. Entonces, hay que comprometerlo desde el momento en que recibe la llave con la resolución de adjudicación. No hace falta que cancele todas las cuotas para que escriture sino que se hipoteca a favor del IPV hasta que se completa el trámite. Esperamos lograrlo y así simplificar la situación", destacó.

En San Juan rige un régimen excepcional de escrituración de viviendas sociales. Se aplicará sobre los inmuebles en los que se han construido o financiado viviendas por el IPV, ya sea que figure éste como titular de dominio, el Estado Provincial, los Municipios, el Estado Nacional o terceros particulares. El Instituto, conforme a la reglamentación que dicte, debe evaluar las condiciones técnicas, administrativas y legales para escriturar.

Las personas que pueden acceder al presente régimen son:

-Personas adjudicatarias en venta, con resolución a su favor vigente.

-Personas humanas poseedoras de vivienda única, familiar y permanente, que acrediten una posesión pública, pacífica y continúa durante tres (3) años, cumplidos al 31 de diciembre de 2019.

-El o la cónyuge supérstite y las personas herederas del poseedor originario, que hayan continuado con la ocupación de la vivienda;

-Personas que, sin ser declaradas herederas, hubiesen convivido con el poseedor originario, recibiendo trato familiar por un lapso no menor a tres (3) años cumplidos al 31 de diciembre de 2019 y que hayan continuado poseyendo el inmueble.

Uno de los principales beneficios con los que cuenta este régimen es que todas las actuaciones administrativas que se realicen en el marco de la Ley tienen carácter preferencial y urgente. Además, las personas que se acojan al régimen gozarán de la gratuidad en los costos de escrituración. Para otras situaciones, se debe pagar costos que son mucho menores a los que se abonarían de manera particular.

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