Judiciales

Archivaron una de las causas contra Alejandra Ríos

En octubre la citaron a indagatoria luego de que a Pedro Oris se le sumara la causa por delito de abuso sexual y desde entonces esperaba una resolución del juez.
domingo, 5 de abril de 2020 22:27
domingo, 5 de abril de 2020 22:27

Se trata del caso que estremeció a San Juan y a la Argentina en octubre de 2013, cuando una pequeña de ocho años estuvo al borde de la muerte por una golpiza y tuvo una recuperación milagrosa.

En mayo del 2016, la Sala Primera de la Cámara en lo Penal y Correccional, condenó a 6 años de prisión a su madre, Alejandra Ríos y a 9 a Pedro Oris, su padrastro. Tiempo después, la Corte de Justicia revió el caso y decidió elevar la condena a 10 años para la mamá y a 17 para Ríos.

Pero no quedó ahí ya que Pedro Oris volvió a tribunales para ser juzgado por un nuevo delito contra la misma pequeña. Ante esto, en octubre del año pasado, el juez llamó a indagatoria a Alejandra con el objetivo de investigar si la mujer podía ser juzgada por el delito de Abandono de Persona. 

Meses después llegó una resolución y fuentes judiciales señalaron a Diario La Provincia SJ que "el juez decidió archivar el expediente por entender que no había prueba suficiente para imputarle el delito de abuso en calidad de partícipe necesario". 

El tema principal es que en el primer juicio ella ya había sido juzgada por abandono de persona y nadie puede ser juzgada dos veces por el mismo delito. "Tampoco podía sobreseerla ya que según el juez, si la sobreseía hubiese sido equivalente a juzgar sobre su inocencia entonces como aceptó que estaría ante un doble juzgamiento si continuaba el expediente por abandono de persona, resolvió archivar las actuaciones", manifestaron.

Esta decisión también se basa en que no hay prueba alguna de que la madre haya participado de lo cometido por Oris. "Ello implica que no se la va a juzgar por el delito de abandono de persona porque ya fue juzgada y condenada con anterioridad. Y tampoco se le puede cambiar la carátula del expediente por partícipe necesario en el delito de abuso debido a que no existe prueba alguna que ella pueda ser acusada de eso". 

Esto quiere decir que Ríos ya está en condiciones de acceder al beneficio de salidas transitorias y si bien ya se elevó ese pedido, tanto el fiscal como la parte querellante pueden apelar.
 

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