Atención

Uno a uno estos son los 20 nuevos sectores esenciales que pueden vacunarse en San Juan

Finalmente se abrió la vacunación para los sectores que nunca dejaron de trabajar de manera presencial en las calles.
viernes, 18 de junio de 2021 11:01
viernes, 18 de junio de 2021 11:01

El ministerio de Salud Pública informó este viernes la incorporación al plan de vacunación al personal que forma parte de 20 sectores en San Juan.

"Es importante vacunar a los que siempre fueron esenciales, que trabajaron desde el primer día y siguen trabajando", señaló la ministra Alejandra Venerando.

Uno a uno esos sectores 

1.      Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
2.      Transporte público de pasajeros esenciales, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
3.      Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
4.      Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
5.      Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
6.       Personal de los servicios de justicia con atención al público, conforme establezcan las autoridades competentes.
7.      Personas que deban asistir a otras con discapacidad y comorbilidades, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
8.      Personal de Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
9.      Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
10.  Personal  bancario con atención al público.
11.  Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
12.  Personal de hoteles, restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. 
13.  Actividad minera de proceso continuo.
14.  Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa PEN N° 429/20.
15.  Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
16.  Actividad registral nacional y provincial. 
17.  Personal de organismos de recaudación. 
18.  Servicios postales y de distribución de paquetería. El comercio por vía electrónica (e-commerce) en modalidad de entrega a domicilio o delivery.
19.  Personal de servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. 
20.   Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal con atención al público. Autoridades de Gobierno nacional, provincial y municipal. 
 
 

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