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Dispusieron congelar las tarifas de Electricidad hasta fin de año en San Juan

El gobierno de San Juan y EPRE dispusieron que las empresas que brindan el servicio de energía en San Juan deben brindar un plan de pago durante esta Fase 3 para evitar el corte del suministro.
martes, 8 de septiembre de 2020 00:00
martes, 8 de septiembre de 2020 00:00

Por el contexto de Emergencia Sanitaria que vive la provincia, por la pandemia de coronavirus, se dispuso el congelamiento dde las tarifas de energía en todo San Juan. Así lo informaron desde EPRE a Diario La Provincia SJ, desde donde explicaron que además no se podrá realizar el corte del servicio y habrá planes de pago para regularizar las deudas.

A esta medida se llegó a partir de una disposición del Gobierno de San Juan, con la participación activa del EPRE, que establecieron "la invariabilidad de las tarifas del Servicio de Electricidad" por un periodo de 180 días (Ley Provincial 2088-A). Es decir, los valores no podrán cambiar hasta Diciembre de 2020.

La medida establece que durante la “Fase I” del aislamiento, Energía San Juan S.A. y DECSA. estuvieron impedidos de disponer la suspensión o el retiro del servicio eléctrico en caso de mora o falta de pago de facturas de los Usuarios. Y ahora en la Fase 3 de la provincia, que implica un nuevo aislamiento preventivo desde el lunes 7 de Setiembre, los usuarios deberán suscribirse a un plan de pagos de la deuda generada para evitar la suspensión del servicio.

Será indispensable que el usuario adhiera a un plan de pago para que no le corten la energía. Para ello se aplicarán tasas y condiciones subsidiadas. 

Comunicar a los usuarios

Por otro lado, se indicó a las empresas que tienen el dominio de energía en San Juan que comuniquen a sus usuarios la condición que atraviesan los mismos y brinden facilidades de pago.

Planes de pago para el conjunto de Usuarios Residenciales (T1R1, T1R2 y T1R3) y Generales (T1G1, T1G2 y T1G3): Mediante Resolución E.P.R.E. Nº 527 del 04/09/2020, se estableció que mientras dure la Emergencia Sanitaria dispuesta en Ley Nº 2035-A, Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A., tienen la obligación de comunicar a los Usuarios Residenciales y Generales la posibilidad de suscribir un Plan de Facilidades de Pago de los montos en mora, omitiendo la suspensión como consecuencia de la suscripción de dicho Plan.

En el plan de facilidades de pago a suscribir para evitar la suspensión del servicio, se pueden incluir la totalidad de las Facturas con vencimiento posterior al 31/03/20. Se pueden realizar hasta seis (6) cuotas mensuales, con un pago inicial de hasta el cincuenta por ciento (50%) de los montos promedios mensuales facturados en los últimos seis (6) meses en el suministro. La Tasa de Interés es BADLAR (pasiva) publicada por el Banco Central de la República Argentina.

Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A., han instrumentado canales “online” para que los Usuarios puedan realizar los Planes de Facilidades de Pago de manera “no presencial”, y para abonar por medios electrónicos las facturas, incluyendo Link Pagos, Pago Mis Cuentas, Plus Pagos, Mercado Pago, etc.

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