Corte

Cortista sanjuanina analizó para el país una sentencia con perspectiva de género

Invitada a exponer desde la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la ministra Adriana García Nieto llegó a los poderes judiciales de cada provincia mediante videoconferencia
jueves, 13 de junio de 2019 10:58
jueves, 13 de junio de 2019 10:58

La ministra Adriana García Nieto participó del ciclo “Análisis de Sentencias con Perspectiva de Género” y desde la sala Gorostiaga, ubicada en el cuarto piso del edificio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, llegó a cada uno de los poderes judiciales del país, analizando un caso de femicidio en grado de tentativa.

“La violencia contra la mujer no es una problemática personal, sino que afecta a la sociedad en su conjunto”, dijo en un momento la doctora García Nieto. Desde la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación destacaron la profundidad del análisis de la sentencia que hizo la cortista sanjuanina, quien luego intercambió puntos de vista con los asistentes a la Corte Suprema y con miembros de los poderes judiciales de otras provincias, a través del sistema de videoconferencia.

La sentencia analizada por la cortista García Nieto es del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro. Llegó al máximo tribunal rionegrino en agosto de 2016 mediante un recurso de casación, debido a que tanto el fiscal de cámara
como los abogados defensores no estaban conformes con la pena impuesta por el JUSTICIA EN CAMBIO tribunal de la Cámara Segunda en lo Criminal de la IV Circunscripción Judicial con asiento en Cipolletti.

Se trata de una causa donde un sujeto atacó a su pareja, delante de su hijo, clavándole un cuchillo en el cuello y produciéndole heridas en el cuerpo. P. A. V. fue condenado por el tribunal a la pena de seis (6) años de prisión, por considerarlo “autor del delito
de desobediencia a una orden judicial en concurso ideal con violación de domicilio, ambos en concurso real con coacción con arma y lesiones leves agravadas por la relación de pareja (arts. 54, 55, 92 en función del art. 80 inc. 1° en relación con el art.
89; 149 ter inc. 1° primer supuesto, 150 y 239 C.P.)”.

Después de la casación, el Superior Tribunal de Río Negro, en el que se destacó el voto de la ministra Adriana C. Zaratiegui, resolvió cambiar el fallo y aplicar el inciso 11 con el cual el Código Penal Argentino agrava la pena por Violencia de Género: “Condenar a P.A.V, cuyas circunstancias personales obran en autos, como autor de los delitos de desobediencia a una orden judicial en concurso ideal con violación de domicilio, en concurso real con homicidio doblemente calificado en grado de tentativa (arts. 5, 12, 29 inc. 3°; 42, 54, 55, 239, 150 y 80 incs. 1° y 11° C.P., y art. 440 C.P.P.)”. Y le ordenó al tribunal inferior que ponga la pena que corresponda a esa nueva figura penal.

Además, el Superior Tribunal de Río Negro también ordenó “proponer a la señora Procuradora General la elaboración de protocolos de investigación para casos de violencia de género”.

Y dispuso que “la Oficina de Género, en conjunto con la Escuela de Capacitación, lleve adelante la conformación de una comisión para la elaboración del protocolo respectivo para el juzgamiento de los casos con perspectiva de género”. 

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