Decisión

Multas de casi $17.000 por vender pirotecnia en Caucete

Una ordenanza municipal prohíbe la comercialización de todo tipo de pirotecnia para el uso personal o comercial. También se multará el uso.
domingo, 22 de diciembre de 2019 14:04
domingo, 22 de diciembre de 2019 14:04

 desde la Municipalidad de Caucete informaron que hay una Ordenanza Municipal que prohíbe el uso y venta de este producto. Esta norma municipal fue prestada por la intendente Romina Rosas cuando era concejal en el 2016.

El presidente del Concejo Deliberante de Caucete, Juan José Escobar dio detalles de la ordenanza N° 1.840-CD/16 que declara en su primer artículo al departamento como "Territorio Libre de Pirotecnia". El funcionario dijo que está basada en otros cuatro puntos que los vecinos del departamento tienen que tener en cuenta para no ser multados por los inspectores municipales.

Uno de los artículos explica que se tiene que entender por pirotecnia o artificio pirotécnico o de cohetería a todo elemento destinado a producir efectos visibles, audicibles o mecánicos. Los comúnmente denominados como cohetes, cañitas voladoras, petardos, bombas de estruendos, fuegos artificiales y cualquier otro análogos incluidos los pequeños globos aerostáticos de uso domestico que no producen ruido pero que son peligrosos por producir incendios. 

El punto más importante de la norma es la prohibición en todo Caucete tanto en la utilización, tenencia, fabricación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de los elementos de pirotecnia. 

Por otro lado, habla de que la Secretaría de Hacienda es la que tiene la facultad, a través del cuerpo de inspectores, de labrar actas de infracciones por el incumplimiento de dicha ordenanza con los siguientes importes en Unidades Tributarias, que actualmente tienen un valor de $2,80 cada una.

En el caso de que los inspectores se encuentren con un punto de venta, la mercadería será decomisada sin devolución posterior. 

Qué se establece

Mera tenencia de pirotecnia: multa de 100 UT: $280

Uso o utilización de pirotecnia o su intento: multa de 200 UT: $560

Fabricación de pirotecnia: multa de 6000 UT: $16.800

Deposito, almacenamiento o transporte de  pirotecnia: multa de 5000 UT: $14.000

Comercialización o venta mayorista o minorista en comercios establecidos legalmente: 4000 UT: $11.200

Comercialización o venta mayorista o minorista callejera o clandestina: multa 6000 UT: $16.800

Fuente: El Bastón

 

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