Decisión

Alumbrado Público Municipal: la Justicia rechazó el pedido de los municipios sanjuaninos

El fallo, fechado el 26 de diciembre del 2024 y que llegó a la oficina de la Municipalidad de Rawson este viernes indica que el pedido es rechazado.
sábado, 4 de enero de 2025 07:16
sábado, 4 de enero de 2025 07:16

El pasado 6 de diciembre, un grupo de intendentes sanjuaninos se unieron en una presentación ante la justicia para pedir que se declare inconstitucional la Resolución 267/2024 sobre el tema Cargo Único Municipal (CUM). Veinte días después, el Juzgado Federal N° 2, a cargo del juez Leopoldo Rago Gallo, resolvió al respecto.

El fallo, fechado el 26 de diciembre del 2024 y que llegó a la oficina de la Municipalidad de Rawson este viernes indica que el pedido es rechazado y por ende se debe seguir adelante con lo dispuesto por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación:

En el escrito se lee en el primer inciso: "Rechazar la medida interina solicitada por el accionante, de conformidad con las razones expuestas en la presente". De esta manera las empresas distribuidoras de luz no podrán incluir en las facturas conceptos ajenos al servicio y los municipios deberán asumir el costo del alumbrado público. 

El Cargo Único Municipal (CUM) es un ítem que se cobra en las facturas de electricidad para cubrir los gastos de alumbrado público y de los edificios municipales. Se creó en 2021 a partir de la fusión de la Tasa de Alumbrado Público y el Cargo por Uso del Espacio Aéreo (Contribución Municipal). El CUM tiene como objetivo financiar el consumo de electricidad de las farolas y los edificios municipales. 

Con el rechazo de la Justicia, los municipios deberán hacerse cargo de estos ítems y destinar el mantenimiento con el dinero de las arcas municipales.

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