Judicial

Dieron a conocer los fundamentos de la suspensión al juez Pablo Flores

El Acuerdo de Superintendencia destaca que se puso de manifiesto "la falta de conducción y liderazgo, marcado desorden funcional en orden a lo jurisdiccional y administrativo, lo que ocasionó morosidad en la tramitación de causas". 
jueves, 9 de agosto de 2018 10:00
jueves, 9 de agosto de 2018 10:00

"Se evidencia un relajamiento en el compromiso con el ejercicio de la función jurisdiccional". Así fundamente el Acuerdo de Superintendencia Número 45 que sanciona al juez Pablo Flores por su accionar como titular del Segundo Juzgado de Instrucción. El texto está firmado por el presidente de la Sala Tercera de Superintendencia de la Corte de justicia, José Abel Soria Vega con Guillermo De Sanctis y Adolfo Caballero, y da un detalle general de los puntos cuestiondos al magistrado.

En el texto se puede leer que se ha "puesto de manifiesto en la falta de conducción y liderazgo, marcado desorden funcional en orden a lo jurisdiccional y administrativo, lo que ocasionó morosidad en la tramitación de causas". 

"Esta sala advierte que el juez Flores no ha dado respuesta a la totalidad de los requerimientos oportunamente realizados habiéndose limitado, en algunos casos, a la simple descripción de actos procesales, sin emitir juicio de valor, lo que sumado al incumplimiento del acuerdo N!! 15/17 referente a ANIVI manifiesta una evidente falta de conducta con la corte de Justicia", agrega el escrito que ya llegó a las manos del magistrado en cuestión.

En otro apartado, se hace hincapié puntualmente en el caso que desató esta auditoría que es la causa del "Ginecólogo Martínez". En la descarga del Tribunal se informa que "de la documentación tenida a la visa, surge que el juez no ha valorado con suficiente entidad la importancia de dicho proceso atendiendo a sus circunstancias, de persona, tiempo y lugar, con el agravante de haberlo enviado al Archivo, sin más tramitación, a pesar de haber regresado de la Cámara de Apelaciones.

El juez Pablo Sebastián Flores, titular del Segundo Juzgado de Instrucción, fue sancionado con un mes de suspensión en el ejercicio de sus funciones, sin goce de haberes. Este jueves en la mañana el magistrado fue notificado de la decisión que tomó la Sala Tercera de Superintendencia de la Corte de Justicia

El artículo 1º del Acuerdo Nº 45 fija la sanción prevista en el artículo 17 inciso G de la Ley Orgánica de Tribunales.
Además, el artículo 2º le impone el juez Flores dos medidas estrictas.

El punto a) del ése artículo dice que deberá presentar un Plan de Trabajo y Organización ante la Dirección Administrativa en un plazo máximo a los 7 días a partir del reintegro a sus funciones. En el mismo deberá precisar las actividades a su cargo y de cada uno de sus funcionarios y empleados del Juzgado, “así como las medidas a implementar a los fines de eliminar el desorden funcional, la morosidad en la tramitación de causas y las demás faltas expresadas en los considerandos del presente Acuerdo”.

El punto b) dice que “cumpla estrictamente, en cuanto a plazos y formas, los Acuerdos emanados de la Corte de Justicia, con especial énfasis el Acuerdo Nº 15/17, relacionado al Centro A.NI.VI.
Finalmente, se le informó al juez Flores que el cumplimiento de los requerimientos los hará la Dirección de Seguimiento Estratégico, Control de Gestión y Calidad Judicial.

A continuación el Acuerdo de Superintendencia
 

 

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