En San Juan

Publicaron el detalle de los cargos que son llamados a elecciones en las PASO 2019

El Gobierno Provincial publicó en el Boletín Oficial el decreto N° 1979 donde se detalla los cargos que se medirán en las urnas durante las PASO 2019. Allí se detalla por departamento.
martes, 20 de noviembre de 2018 15:03
martes, 20 de noviembre de 2018 15:03

El Gobierno de San Juan publicó el decreto N° 1979 en el Boletín Oficial donde se detalla los cargos que se definirán en las urnas en las PASO 2019. El texto de la misma indica que las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias será el día 31 de Marzo de 2019. 

Los cargos públicos electivos provinciales y municipales, conforme lo establece la Sección Segunda, Parte Especial de la Ley N° 1268-N, por el período constitucional comprendido entre el 10 de Diciembre de 2019 y el 10 de Diciembre de 2023, son los siguientes:

  1. Gobernador y Vicegobernador, por fórmula completa, a simple mayoría de votos en distrito único.
  2. Un (1) diputado Titular y dos (2) suplentes por cada uno de los diecinueve Departamentos en que se divide la Provincia, a elegirse por simple mayoría de votos de los electores de cada una de las secciones electorales, tomando cada Departamento como distrito electoral único.
  3. Diecisiete (17) Diputados por el sistema de representación proporcional, tomada la Provincia como distrito electoral único.
  4. Un (1) Intendente Municipal por cada uno de los Diecinueve (19) Departamentos de la Provincia de San Juan, elegido por el voto directo del pueblo a simple pluralidad de sufragios, tomado el Departamento como distrito electoral único.
  5. Seis (6) Concejales titulares y seis (6) suplentes por el Departamento Albardón.
  6. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplentes por el Departamento de Angaco.
  7. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplentes por el Departamento Calingasta.
  8. Doce (12) Concejales titulares y doce (12) suplentes por el Departamento Capital.
  9. Siete (7) Concejales titulares y siete (7) suplentes por el Departamento Caucete.
  10. Diez (10) Concejales titulares y diez (10) suplentes por el Departamento Chimbas.
  11. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplente por el Departamento Iglesia.
  12. Seis (6) Concejales titulares y seis (6) suplentes por el Departamento Jáchal.
  13. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplentes por el Departamento 9 de Julio.
  14. Ocho (8) Concejales titulares y ocho (8) suplentes por el Departamento Pocito.
  15. Doce (12) Concejales titulares y doce (12) suplentes por el Departamento Rawson.
  16. Diez (10) Concejales titulares y diez (10) suplentes por el Departamento Rivadavia.
  17. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplentes por el Departamento San Martín.
  18. Ocho (8) Concejales titulares y ocho (8) suplentes por el Departamento Santa Lucía.
  19. Seis (6) Concejales titulares y seis (6) suplentes por el Departamento Sarmiento.
  20. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplente por el Departamento Ullum.
  21. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplentes por el Departamento Valle Fértil.
  22. Seis (6) Concejales titulares y seis (6) suplentes por el Departamento 25 de Mayo.
  23. Cinco (5) Concejales titulares y cinco (5) suplentes por el Departamento Zonda.

Los Concejales departamentales son elegidos directamente por el pueblo, de acuerdo al sistema de representación proporcional.

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