Judicial

La Corte revisará el fallo contra el asesino de Talía Recabarren y podrían aumentarle la pena

El máximo tribunal provincial intervino por la queja por recurso mal denegado. La condena por el asesinato era de apenas 10 años y ahora podría aumentar los años preso.
viernes, 5 de julio de 2019 13:56
viernes, 5 de julio de 2019 13:56

Que se revea la condena contra Ángel Morales y que éste cumpla más de diez años preso por haber matado a Talía Recabarren. Éso es lo que pidió la fiscal subrogante Gladys Capdevilla quien presentó un nuevo recurso para que cambie la pena de la condena que impartió el juez de Menores Jorge Toro al condenado por el crimen de la chica. Ante este escenario, este viernes la Sala Segunda de la Corte de Justicia, aceptó el pedido.

Los jueces Adriana García Nieto, Guillermo Horacio De Sanctis y Ángel Humberto Medina Palá resolvieron hacer lugar a la queja interpuesta por la Fiscalía Penal de la Niñez y Adolescencia Nº1, y de ese modo revisará el asunto planteado en la casación del Ministerio Público Fiscal, vinculado a la pena impuesta por el juez Jorge Toro.

El máximo tribunal provincial intervino por la queja por recurso mal denegado impulsada por la Dra. Gladys Beatriz Capdevilla, en su carácter de subrogante de la Fiscalía Penal de la Niñez y Adolescencia Nº1.

Se trata de una causa contra Morales que era menor de edad al momento de cometer homicidio agravado (art.80 inciso 11 del Código Penal). La causa se tramitó en el Primer Juzgado Penal de la Niñez y Adolescencia, desde donde se dictó como condena 10 años de prisión para el imputado.

“El planteo de impugnación del sub judice está referido a la errónea aplicación de las normas que se refiere a la forma, modo y alcance de la punición de los hechos delictivo cometidos por menores de edad (art. 4º de la Ley N.º 22.278), como asimismo a la individualización y cuantificación de la pena en concreto”, argumentó la Sala Segunda de la Corte de Justicia.

Además, el máximo tribunal argumentó que “la doble instancia” es “el derecho que tienen las partes al control jerárquico de la sentencia (…). Si bien es cierto que la determinación judicial de la pena es un atributo del juez de mérito, el tribunal de casación se encuentra facultado para controlar si tal poder discrecional ha sido ejercicio dentro de los límites fijados por la ley y no resulta arbitrario de conformidad a las pruebas del caso”.

Ante esas consideraciones, la Sala Segunda de la Corte de Justicia resolvió “hacer lugar a la queja por recurso mal denegado incoada por la Sra. Fiscal Penal de la Niñez y Adolescencia”. Y “conceder el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal”.
 

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