El ministerio de Economía hizo oficial este martes la prohibición del cobro de tasas municipales incluídas dentro de otros productos o servicios. Su titular Luis Caputo ya lo había adelantado anoche y se oficializó mediante una normativa publicada en el Boletín Oficial.
El texto argumenta que "con el transcurso del tiempo se ha ido transformando en una práctica generalizada, para una gran cantidad de proveedores en el mercado, la inclusión y facturación, dentro de la documentación comercial emitida a los consumidores por el suministro de bienes y servicios, conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor".
La resolución agrega que esa práctica "configura no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino que importa también una clara violación a la libertad de elección del consumidor, garantías que ostentan rango constitucional en nuestro ordenamiento jurídico".
En consecuencia, a Caputo definió, según MDZ, que a partir de ahora los proveedores de bienes y servicios solo podrán incluir en sus comprobantes conceptos estrictamente relacionados con el bien o servicio contratado por el consumidor, prohibiéndose la inclusión de cargos adicionales o ajenos a lo acordado.
La normativa también hace referencia a la disposición N.º 137/2024 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, que destaca la necesidad de protección especial para los consumidores en situación de vulnerabilidad, quienes suelen enfrentar mayores dificultades para comprender y reclamar ante este tipo de prácticas.
Dentro de la medida también se advierte que "el incumplimiento de esta normativa implicará sanciones conforme al régimen de penalidades establecido por la Ley N.º 24.240. Las sanciones pueden incluir multas y otras medidas coercitivas dirigidas a garantizar el respeto a los derechos de los consumidores".