Educación

¡Cuidado!: por estas dos condiciones podes perder el Voucher educativo en agosto

El beneficio puede ser dado de baja en cualquier momento si se comprueba que se da una de las condiciones que son obligatorias a cumplir por el beneficiario.
jueves, 15 de agosto de 2024 00:46
jueves, 15 de agosto de 2024 00:46

Este miércoles comenzó el pago del Voucher Educativo para todos los padres que tengan chicos estudiando en establecimientos educativos de gestión privada. El monto representa el 50% del valor de la cuota y si bien inicialmente iba a estar en vigencia hasta julio pasado, finalmente el beneficio se extendió hasta diciembre.

El tope que se puede recibir es de $27.198 por cada hijo, es decir la mitad del valor del arancel programático de jornada simple informado por cada jurisdicción o, en su defecto, estimado por la Secretaría de Educación en función de casos testigo. Es decir, la cuota mensual escolar no debe superar los $54.396. 

Pero ¿por qué motivo puede ser dado de baja el beneficio?

Desde el sitio oficial del Gobierno Nacional se aclaró que la prestación puede haber sido suspendida por las siguientes condiciones:

  • Que no se mantenga la regularidad del menor a cargo en la institución educativa
  • Que los ingresos del grupo familiar hayan superado los 7 Salarios Mínimos Vitales y Móviles

Del mismo modo, aquellas familias que en la extensión de agosto a diciembre no cumplan con las condiciones previstas en la normativa, no recibirán el beneficio.

¿Por qué motivos puede cesar la prestación?

  • El vencimiento del programa.
  • El fallecimiento del alumno.
  • La renuncia del responsable parental.
  • La modificación de alguna de las causas que justificaron su otorgamiento.
  • La pérdida de la condición de alumno regular.
  • El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el reglamento.
  • La falsedad u omisión de información en el proceso de inscripción.
  • Si cambio de institución al menor que tengo a cargo, ¿seguiré percibiendo la prestación?

Para seguir percibiendo la prestación, en el caso que los beneficiarios hayan cambiado de escuela o de domicilio deberá ser informada a ANSES. De igual manera cualquier otra variación relativa a su situación personal, familiar, patrimonial, laboral, económica y académica. Deben hacerlo a través de la plataforma en un plazo no mayor a quince días hábiles administrativos de ocurrido el cambio.

¿A quién acudo si tengo inconvenientes en el cobro de los Vouchers Educativos?
El Artículo 2 de la Resolución de extensión del Programa de Asistencia Vouchers Educativos contempla que la liquidación de la prestación y su pago estarán a cargo de ANSES. Por eso, cualquier consulta al respecto será atendida por esa entidad.

Pueden solicitarlo las familias con hijos de hasta 18 años que asisten a instituciones educativas públicas de gestión privada de niveles inicial, primario y secundario con al menos 75 % de aporte estatal.

 

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