ANSES

Cómo anotarse en la prestación de ANSES que paga más de $200 mil

Conocé cuál es el programa de ANSES que les otorga esa suma por mes a sus beneficiarios. Paso a paso, cómo inscribirse.
jueves, 16 de mayo de 2024 21:21
jueves, 16 de mayo de 2024 21:21

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa con el pago de $202.000 dirigido a personas desempleadas, siguiendo con el calendario de pagos de abril 2024.

Esta prestación económica tiene el objetivo de ayudar a individuos sin empleo que cumplan ciertos requisitos y se registren, ya sea online o presencial.

Prestación de Desempleo de ANSES: cuáles son los requisitos para acceder

Los requisitos que deben cumplir las personas que quieren acceder son los siguientes:

  • Trabajadores en relación de dependencia: tienen que tener como mínimo 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años antes del despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores de temporada: deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de finalizar el trabajo.

De cuánto es la Prestación por Desempleo de ANSES

El monto y la duración de las cuotas, que oscilan entre dos y 12, se determinan en función de tus ingresos y el período de trabajo con aportes de los últimos tres años. Además, los trabajadores mayores de 45 años reciben el beneficio durante seis meses adicionales.

El importe máximo a recibir en mayo es de $234.000, ajustado al aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil establecido por el Gobierno, mientras que el mínimo es de $117.000.

Para acceder a la prestación se deben tener los siguientes documentos:

  • DNI (original y copia).
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso.
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Fuente: con información de Ámbito y A24.

Comentarios