La veda electoral comenzó este viernes a las 8 de la mañana, a 48 horas del balotaje presidencial que se realizará este domingo en todo el país.
Esta restricción contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación.
Entre las actividades abarcadas por la veda se encuentran:
- Actos de campaña por parte de los candidatos presidenciales.
- Venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.
- Publicación y difusión de encuestas y proyecciones sobre el resultado de las elecciones.
- Las sanciones por incumplimiento de la veda electoral varían según el actor involucrado.
Los candidatos que no cumplan con esta restricción podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y recursos de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años.
También dejarán de percibir, según la norma, fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
Los ciudadanos que no respeten los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación podrán ser multados con una suma comprendida de entre $10 mil y $100 mil.
La misma sanción será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
El Código Electoral indica que el día del balotaje está prohibido publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de las elecciones entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.
Esta restricción tiene como objetivo garantizar el secreto del voto y evitar que los resultados de las elecciones sean influenciados por la difusión de información parcial o sesgada.
El artículo 71 del Código Electoral ordena que la veda electoral "debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará 3 horas después de terminar la jornada electoral".
"Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral", sostiene la normativa.
El incumplimiento de la veda electoral puede ser denunciado por cualquier ciudadano ante la Justicia Federal.
En caso de que se compruebe la violación de la norma, el juez competente podrá imponer las sanciones correspondientes.
La veda electoral es una herramienta fundamental para garantizar la transparencia y la equidad del proceso electoral.
Su cumplimiento es responsabilidad de todos los actores involucrados, incluidos los candidatos, los ciudadanos y los medios de comunicación.