Justicia

Ordenaron pagar el Ingreso Familiar de Emergencia a una madre de cuatrillizos

La magistrada tuvo en cuenta también que a la mujer, que carece de ingresos, se le reconoció derecho a la Asignación Universal por Hijo
lunes, 27 de julio de 2020 17:25
lunes, 27 de julio de 2020 17:25

La jueza federal de la Seguridad Social Ana María Rojas ordenó incluir dentro de la nómina de beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) a una mujer que hace dos meses fue madre de cuatrillizos de manera prematura y “se encuentra en situación de vulnerabilidad, se informó hoy en los tribunales.

Según la Defensoría General de la Nación (DGN), para dictar la medida cautelar la magistrada evaluó que en el caso “se encuentra afectado el derecho a la vida digna amparado en la Constitución Nacional”.

La medida provisoria, dirigida a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), fue dictada en el marco de una acción de amparo iniciada por uno de los abogados “móviles” de la DGN porque, por su situación y las restricciones vigentes por la pandemia de Covid-19, A.B. no había podido inscribirse para recibir el beneficio.

A.B., de 24 años, oriunda de Salta, había viajado a Buenos Aires para completar un trámite a fin de poder tratarse por su embarazo de alto riesgo, pero en esta capital la sorprendió la cuarentena y vive en un alojamiento otorgado por el gobierno local.

La medida, que se mantendrá hasta que se resuelva la “cuestión de fondo”, incluyó la orden de pagar en forma “inmediata” a A.B. el IFE desde el 7 de mayo, cuando en la maternidad Sardá nacieron, sietemesinos, Adriel, Gabriel, Jeziel y Zoe.

Un comunicado de Prensa de la DGN consignó que la magistrada tuvo en cuenta también que a la mujer, que carece de ingresos, se le reconoció derecho a la Asignación Universal por Hijo (AUH).

“La jueza comprobó que se trata de una madre perteneciente a un grupo familiar en situación de extrema vulnerabilidad social, que nunca accedió a un empleo formal y que el padre de los niños se encuentra impedido de ayudarla porque está desocupado y varado en Bolivia -su país de origen- debido a la pandemia de Covid-19 y a las medidas de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) decretadas por el Poder Ejecutivo Nacional”, agregó.

Para Rojas el objeto de la litis es una cuestión “de carácter netamente alimentario, teniendo en cuenta la conformación del grupo familiar, la situación de vulnerabilidad económica, social y de salud por la que (B.) se encuentra atravesando, agravada por el contexto de pandemia” que “tornó sus necesidades mucho más apremiantes.”

Al promover el amparo, el defensor público Felipe Alliaud expuso que la ANSeS afecta a los derechos constitucionales a la igualdad y a la seguridad social, al no implementar nuevamente el sistema de pedidos para recibir el beneficio, más aún cuando las normativas “no establece plazos perentorios para ingresar solicitudes tendientes al otorgamiento del IFE”.

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