Ingreso Familiar de Emergencia

ANSES: quienes cobrarán el Bono de $10.000 a través del CBU desde el 21 al 30 de Abril

El programa de asistencia beneficia a trabajadores y trabajadoras informales, trabajadores y trabajadoras de casas particulares, monotributistas sociales y monotributistas de las categorías A y B.
viernes, 17 de abril de 2020 17:39
viernes, 17 de abril de 2020 17:39

La Administración Nacional de Servicios Sociales  -ANSES- informó el calendario de pagos a los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia para los beneficiarios que cuentan con un CBU para el depósito de los fondos.

El programa de asistencia beneficia a trabajadores y trabajadoras informales, trabajadores y trabajadoras de casas particulares, monotributistas sociales y monotributistas de las categorías A y B. El objetivo de la asistencia es brindar recursos a las familias que cumplen con la cuarentena y no pueden desarrollar sus oficios y labores.

DNI terminado en          Fecha de pago

  1.                                 21 de Abril
  2.                                 22 de Abril
  3.                                 23 de Abril
  4.                                 24 de Abril
  5.                                 27 de Abril
  6.                                 28 de Abril
  7.                                 29 de Abril
  8.                                 30 de Abril
  9.                                 4 de Mayo
  10.                                 5 de Mayo

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) recordó hoy, ante reiteradas denuncias, que no se comunica por teléfono
para requerir datos de tarjetas de débito o claves bancarias, al tiempo que destacó el acceso a la atención personalizada del organismo a través del 130, en el marco de la pandemia de coronavirus Covid-19.

"Ante reiteradas denuncias, la ANSES recuerda que no se comunica telefónicamente para requerir datos de tarjetas de débito o claves bancarias de ningún tipo y en ningún caso. Todos los trámites y consultas referidos a las prestaciones y programas de la Seguridad Social son absolutamente gratuitos y no necesitan de gestores externos", informó el organismo en un comunciado.

En este contexto y frente a la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus Covid-19, Anses publicó en el Boletín Oficial la Resolución 90/2020 que establece a su servicio de atención telefónica, mediante la línea 130, como "servicio esencial e indispensable para la comunidad".

En el comunicado, Anses recuerda que el 130 funciona con dos esquemas de atención:

- La atención automática las 24 horas los 365 días del año, que permite obtener "información general sobre las prestaciones y programas que lleva adelante la Anses, la fecha y el lugar de cobro de las prestaciones, el estado de un expediente o la designación a una Obra Social".

- La atención personalizada de lunes a viernes de 8 a 16 horas mientras dura el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, donde los interesados "pueden consultar la liquidación de beneficios y sus créditos (en caso de tenerlos vigentes), cambios en el lugar de cobro, empadronamiento y actualización de datos de una Obra social, reclamo de impagos, Pensión Derivada Automática y liquidación de Asignaciones Familiares por Matrimonio, Nacimiento y Adopción".

Entre los fundamentos de la Resolución 90/2020, Anses mencionó que se establece la excepción "a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta tanto se extienda el aislamiento social, preventivo y obligatorio" para mitigar los casos de coronavirus en el país.

"A fin de poder brindar atención personalizada a todos los ciudadanos que llaman a la línea 130 de la Anses resulta necesario reabrir las oficinas de atención telefónica y los call center de los prestadores de servicio, considerándoles un servicio esencial", concluyen los considerandos de la Resolución.

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