La Administración Nacional de Servicios Sociales -ANSES- informó el calendario de pagos a los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia para los beneficiarios que cuentan con un CBU para el depósito de los fondos.
El programa de asistencia beneficia a trabajadores y trabajadoras informales, trabajadores y trabajadoras de casas particulares, monotributistas sociales y monotributistas de las categorías A y B. El objetivo de la asistencia es brindar recursos a las familias que cumplen con la cuarentena y no pueden desarrollar sus oficios y labores.
DNI terminado en Fecha de pago
- 21 de Abril
- 22 de Abril
- 23 de Abril
- 24 de Abril
- 27 de Abril
- 28 de Abril
- 29 de Abril
- 30 de Abril
- 4 de Mayo
- 5 de Mayo
La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) recordó hoy, ante reiteradas denuncias, que no se comunica por teléfono
para requerir datos de tarjetas de débito o claves bancarias, al tiempo que destacó el acceso a la atención personalizada del organismo a través del 130, en el marco de la pandemia de coronavirus Covid-19.
"Ante reiteradas denuncias, la ANSES recuerda que no se comunica telefónicamente para requerir datos de tarjetas de débito o claves bancarias de ningún tipo y en ningún caso. Todos los trámites y consultas referidos a las prestaciones y programas de la Seguridad Social son absolutamente gratuitos y no necesitan de gestores externos", informó el organismo en un comunciado.
En este contexto y frente a la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus Covid-19, Anses publicó en el Boletín Oficial la Resolución 90/2020 que establece a su servicio de atención telefónica, mediante la línea 130, como "servicio esencial e indispensable para la comunidad".
En el comunicado, Anses recuerda que el 130 funciona con dos esquemas de atención:
- La atención automática las 24 horas los 365 días del año, que permite obtener "información general sobre las prestaciones y programas que lleva adelante la Anses, la fecha y el lugar de cobro de las prestaciones, el estado de un expediente o la designación a una Obra Social".
- La atención personalizada de lunes a viernes de 8 a 16 horas mientras dura el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, donde los interesados "pueden consultar la liquidación de beneficios y sus créditos (en caso de tenerlos vigentes), cambios en el lugar de cobro, empadronamiento y actualización de datos de una Obra social, reclamo de impagos, Pensión Derivada Automática y liquidación de Asignaciones Familiares por Matrimonio, Nacimiento y Adopción".
Entre los fundamentos de la Resolución 90/2020, Anses mencionó que se establece la excepción "a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta tanto se extienda el aislamiento social, preventivo y obligatorio" para mitigar los casos de coronavirus en el país.
"A fin de poder brindar atención personalizada a todos los ciudadanos que llaman a la línea 130 de la Anses resulta necesario reabrir las oficinas de atención telefónica y los call center de los prestadores de servicio, considerándoles un servicio esencial", concluyen los considerandos de la Resolución.