La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) instruyó hoy a todas las aerolíneas, nacionales y extranjeras, que operan en los aeropuertos del país a seguir las instrucciones emanadas del Ministerio de Salud con respecto a las prevenciones establecidas para evitar la propagación del coronavirus.
La normativa “establece la obligación durante el vuelo, o al aterrizaje, del piloto al mando de una aeronave, o su representante, de cumplimentar y entregar a la autoridad competente del aeropuerto la parte sanitaria de la Declaración General de Aeronave".
También, obliga "a facilitar a dichas autoridades toda la información que se le requiera respecto a las condiciones de sanidad a bordo durante el viaje internacional y a toda medida sanitaria aplicada a la aeronave, una vez que le son notificadas”.
El texto oficial agrega que el Ministerio de Salud informó a la ANAC un protocolo de medidas a aplicar ante los arribos a los aeropuertos públicos de la Argentina desde el extranjero, correspondiente a "la Fase Sanitaria de Contención de la epidemia" de Covid-19, "que actualmente afecta a un creciente número de países en el mundo”.
"Instrúyese a todas las Empresas de servicios de transporte aéreo nacionales y extranjeras que arriban a los aeropuertos de la República Argentina procedentes del extranjero a dar cumplimiento -inmediatamente y hasta nuevo aviso- de las instrucciones emitidas por el Ministerio de Salud”, indica la resolución de la ANAC.
La resolución 2020-92 sostiene la medida en su carácter de “Autoridad Aeronáutica derivada del Código Aeronáutico, las Regulaciones Aeronáuticas, Convenios y Acuerdos Internacionales, Reglamento del Aire y demás normativas y disposiciones vigentes, tanto nacionales como internacionales”.
La medida indica que "la Dirección Sanidad de Fronteras no emitirá la Libre Plática de cada aeronave (liberación del vuelo) si no se cumplen los requisitos exigidos”.
Por otra parte, la cartera de Salud distribuyó un instructivo en el aeropuerto de Ezeiza, donde se indica que “proveerán en breve" suficientes formularios de Declaración de Salud del Viajero necesarios para los pasajeros y la tripulación de cada vuelo.
El instructivo reitera la obligación de “todas las aerolíneas de informar durante el vuelo la presencia de cualquier posible “caso sospechoso” a las autoridades aeroportuarias "antes del arribo al aeropuerto”, y aclara que la detección podrá producirse "por aviso del pasajero o miembro de la tripulación o por observación del personal de abordo o de otro pasajero”.
Especifica que, “ante la presencia de un caso sospechoso”, conocido por la información impuesta en una declaración jurada, "la aerolínea deberá incluir la novedad en la parte sanitaria de la Declaración General de Aeronave y advertir tal incidencia a los Servicios de Tránsito Aéreo (Torre de Control), con carácter previo a su arribo”.
El documento considerará “caso sospechoso” a los pasajeros o tripulación que denuncien o evidencien síntomas de fiebre y tos, fiebre y dolor de garganta, fiebre o dificultad respiratoria y que, además lleguen o hayan estado los últimos 14 días en China, Corea del Sur, Japón, Irán, Europa (cualquier país) y Estados Unidos.
También, a quien hubiera tenido contacto cercano con un caso de COVID-19 en los últimos 14 días.
Los casos sospechosos derivarán en la ubicación de la aeronave en un puesto remoto, el aislamiento del pasajero y la confección del formulario de Declaración Jurada por parte de todos los ocupantes del avión.
Esta mañana se activó, precisamente, el protocolo en la terminal de Ezeiza por el caso de una pasajera que venía con algunos grados de fiebre en un vuelo de Alitalia, procedente de Italia, por lo que la mujer fue trasladada a un centro asistencial para su control.