Resolución

Buscan avanzar en la implementación del Código Procesal Penal Federal en todo el país

Mediante la resolución 1/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, la comisión decidió "iniciar un proceso de evaluación y monitoreo" del sistema acusatorio implementado.
jueves, 3 de diciembre de 2020 14:10
jueves, 3 de diciembre de 2020 14:10

La Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal oficializó hoy su decisión de avanzar en la implementación de esa herramienta, que prevé poner en práctica el sistema acusatorio en todo el país, que ya regía en Jujuy, Salta, Mendoza y Rosario.

Mediante la resolución 1/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, la comisión decidió "iniciar un proceso de evaluación y monitoreo" del sistema acusatorio implementado en "todas las jurisdicciones en las cuales aún no rige de manera íntegra el Código Procesal Penal Federal".

Días atrás, la presidenta de la Comisión Bicameral Especial de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal, Anabel Fernández Sagasti, explicó la propuesta sobre los resultados de la implementación parcial del nuevo Código.

Para ello se encargó un relevamiento que deberá arrojar este mes un diagnóstico sobre la aplicación de nuevos artículos del flamante sistema en un mayor número de provincias.

En el artículo 2 de la resolución publicada hoy se establece que tendrán plena vigencia los artículos "285, 286, 287 y 366 inciso "f" del Código Procesal Penal Federal" desde el tercer día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial.

Esto regirá "para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional y para todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal".

En el artículo tres se resuelve, en tanto, finalizar este año el análisis de cómo está funcionando el Código en Salta, mientras también se establece "continuar con las tareas de relevamiento y monitoreo" de su cumplimiento en Mendoza y Rosario.

Por último, se recomienda al Consejo de la Magistratura, a la Procuración y a la Defensoría General de la Nación que dicten las normas que garanticen que los concursos de oposición y antecedentes para ocupar vacantes judiciales contemplen las "destrezas" del sistema de enjuiciamiento acusatorio.

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