ANSES

Becas Progresar: Modificaron el tope de ingresos para recibir el beneficio

La actualización en el SMVM no modifica el monto de la cuota cobrada por los estudiantes.
viernes, 30 de octubre de 2020 18:45
viernes, 30 de octubre de 2020 18:45

En octubre, el Gobierno Nacional aplicó un ajuste en el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) tras un acuerdo alcanzado por el Consejo que integran funcionarios, empresarios y sindicalistas y esta modificación repercutió directamente en las condiciones de las Becas Progresar. 

Los requisitos para cobrar Becas Progresar establecen que los beneficiarios deben tener de 18 a 24 años, edad que se extiende a los 30 años dependiendo del grado de avance en la carrera; y cursar en una institución educativa reconocida por el Ministerio de Educación o en un curso de formación de empleo del Ministerio de Trabajo. Además, el grupo familiar no puede contar con ingresos mensuales mayores a tres veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Sin embargo, debido a la modificación en el SMVM, que determina una actualización aplicable en tres cuotas, se prevé que en octubre se cobre $18.900, desde diciembre $20.587,50 y desde marzo $21.600. Respecto a esos montos, los ingresos del grupo familiar del estudiante no pueden ser mayores a $56.700. Desde diciembre no podrán superar los $61.762,50 y desde marzo los $64.800.

Esta actualización en el SMVM no modifica el monto de la cuota cobrada por los estudiantes. El monto es de $ 2.100 pesos por mes, de los que, en principio, vas a recibir el 80%. Si al terminar el ciclo lectivo cumpliste con los requisitos académicos correspondientes, se te entregará el otro 20% de manera retroactiva.

¿Cómo se calculan los 3 salarios mínimos vitales y móviles?

  • Tus ingresos mensuales más los de tu grupo familiar deben ser menor a TRES (3) salarios mínimos vitales móviles. Los ingresos son la suma de:
  • Las remuneraciones brutas de los/as trabajadores/as en relación de dependencia registrados
  • La asignación Familiar por Maternidad o Maternidad Down, con exclusión de las horas extras.
  • El plus por zona desfavorable y el sueldo anual complementario.
  • Las rentas de referencia de los trabajadores/as autónomos/as y monotributistas.
  • Los haberes de jubilación y pensión, al monto de la presentación por Desempleo y las sumas brutas originadas en Prestaciones Contributivas o No contributivas, de cualquier índole.

Comentarios