A través de la disposición 402/2018, el organismo prohibió la venta del "Orégano en hojas marca M&K, lote: 260618, fecha de vto: 30/12/2019, RNPA expte N° 4034- 177973, fraccionado por RNE N° 02-032097 para Supermercados Mayoristas Makro S.A". Las actuaciones se iniciaron a partir de una denuncia del INTA de La Consulta, en San Carlos, provincia de Mendoza.
ANMAT entiende que "el producto se halla en infracción a los artículos 1226, 6 bis y 155 del CAA por presentar hojas de olivo en una proporción de materias extrañas mayor a la permitida, resultando ser un alimento adulterado y en consecuencia ilegal".
Atento a esta situación, el organismo recomienda "prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del alimento".
Fuente: Telam