Córdoba

Mató a su esposa de 20 puñaladas y le dieron 9 años porque ella "lo dominaba"

La víctima lo había echado de su casa porque quería empezar una nueva vida con su amante.
sábado, 22 de septiembre de 2018 12:25
sábado, 22 de septiembre de 2018 12:25

La Justicia de Córdoba condenó a Ricardo Lemos a nueve años de prisión por el crimen de su mujer, a quien asesinó de más de 20 puñaladas. El fallo tuvo en cuenta como atenuante la "relación asimétrica" que los unía, en la que ella lo dominaba y por eso no lo consideró un femicidio.

El hecho ocurrió el 4 de noviembre del año pasado en la casa en la que convivían desde hace 18 años en el barrio Yofre. Lemos, que entonces tenía 70 años, esperaba a su esposa con la comida servida pero ella ni siquiera se quiso sentar a la mesa. Tenía un anuncio importante para hacerle y no podía esperar.

Le dijo que tenía un amante, un joven de 30 años, y que tenía que irse de la casa porque ella quería empezar una nueva vida, publicó el diario La Voz de acuerdo a lo que surgió en el juicio. Entonces el hombre se levantó, tomó un cuchillo y la apuñaló más de 20 veces en el cuello y en el pecho. Después, salió a la vereda y le dijo a su vecino: “Apuñalé a la vieja; está viva todavía”.

Efectivamente seguía con vida cuando llegó la policía y la trasladaron al Hospital de Urgencias, pero murió poco más tarde por la gravedad de sus heridas. El asesino diría después que no recordaba nada del momento del ataque y que recién reaccionó cuando la vio ensangrentada.

Durante el debate declaró la perita oficial Marcela Scaraffia, quien sostuvo que Lemos había tenido una reacción que se ubicaba en un lugar intermedio entre la disminución de la comprensión y el estado de inconsciencia.

Los testimonios sumaron que tenían una relación en la que ella era dominante y él sumiso. Sin embargo, el hecho de que la mujer lo echara de su casa provocó la reacción violenta de él. Así, el fiscal pidió en sus alegatos una pena similar al mínimo de un homicidio simple, no calificado, por entender que mediaron “circunstancias extraordinarias de atenuación” en su conducta. El jurado popular coincidió en parte pero se inclinó por el homicidio calificado y lo condenaron a nueve años de prisión.

Fuente: TN 

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