Justicia

Fallo sobre jubilaciones: lo que hay que tener en cuenta

Un fallo previsional determinó que ningún jubilado puede cobrar menos de 70% de lo que ganaba trabajando.
jueves, 20 de septiembre de 2018 21:55
jueves, 20 de septiembre de 2018 21:55

La sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social a favor de los jubilados fue contundente. A partir de un fallo previsional se determinó que no se puede tener una jubilación menor al 70% del sueldo promedio que se cobró durante los últimos diez años de actividad laboral.

Después de que la sentencia llegó a una segunda instancia, el Defensor del Pueblo de la Tercera Edad, Eugenio Semino, celebró el fallo, y avisó que esto podría generar una ola de juicios contra el Estado. "Sin lugar a dudas que provocaría una enorme litigiosidad. Nosotros vamos a insistir en que se generalice para todos los jubilados", aseveró. Este jueves, el abogado mantuvo una entrevista en MetaData donde respondió algunas dudas de la sentencia.

¿En qué consiste el nuevo fallo judicial de las jubilaciones?

"Cuando uno se jubila, si cobraba 100 pesos hasta este momento, al día siguiente va a pasar a ganar la mitad. Sin embargo, con ese dinero no se puede afrontar las contingencias de la vida cotidiana. Por este motivo, la Justicia dijo, a través de un caso, que el haber de un jubilado tiene que sustituir lo que era su sueldo para poder mantener su estándar de vida. Por eso le agregaron este concepto al cálculo que determina ese haber inicial".

¿Qué establece hoy en día la ley de las jubilaciones?

"En la actualidad sigue vigente la ley 24.241, que fue llevada adelante por Domingo Cavallo en 1993. Esta es con la que nos jubilamos todos nosotros. La normativa establece que para calcular el haber inicial se va a tomar un coeficiente de los últimos 10 años de nuestro trabajo y aportes, pero no señala cómo actualizar esa década".

¿La Defensoría va intentar que el beneficio sea aplicable a todos los jubilados del país?

"Así es. Cuando el fallo llegue a la Corte Suprema nos vamos a presentar y les vamos a decir que ratifiquen este criterio, pero que a su vez no haya que esperar a que cada jubilado haga su juicio. Tienen que extender los efectos de esta medida, que es constitucional, a todos los jubilados o personas 'jubilables', que estén en trámite de su beneficio".

Fuente: TN

 

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