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Conocé los días feriados que se fijaron para el año 2019

Ya está definido el calendario de feriados para el 2019 según publicó el Gobierno Nacional.
viernes, 7 de diciembre de 2018 12:54
viernes, 7 de diciembre de 2018 12:54

Conocer los días feriados y su alcance es una información vital para la planificación del tiempo de trabajo y de descanso. Ya está definido el calendario de feriados para el 2019 según publicó el Gobierno Nacional.
Enero
1 Año nuevo.

Febrero
12 y 13. Carnaval.

Marzo
24. Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Feriado inamovible
29. Jueves Santo. Día no laborable
30. Viernes Santo. Feriado inamovible

Abril
2. Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible
24. Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos. Día no laborable
30. Día no laboral con fines turísticos.
Mayo
1. Día del trabajador. Feriado inamovible
25. Día de la Revolución de Mayo.

Junio
17. Día Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Feriado trasladable
20. Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.

Julio
9. Día de la Independencia.

Agosto
20. Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín (17/8). Feriado trasladable.

Octubre
15. Día del Respeto a la Diversidad Cultural (12/10).

Noviembre 
19. Día de la Soberanía Nacional (20/11)

Diciembre
8. Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible

24. Día no laboral con fines turísticos. Feriado inamovible

25. Navidad. Feriado inamovible

31. Día no laboral con fines turísticos.

Feriados inamovibles
Feriados Nacionales que se rigen por el la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos Ley 27.399.

Feriados trasladables
Feriados Nacionales que se rigen por el la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos Ley 27.399.

Días no laborables
(a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.

(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Art. 2 de la Ley 27.399

Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 30 de marzo a las 18:33 horas y finalizan el día 01 de Abril a las 19:26 horas. 
Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 05 de Abril a las 18:25 horas y finalizan el 07 de Abril a las 19:18 horas.

Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 09 de Septiembre a las 18:23 horas y finalizan el día 11 de Septiembre a las 19:20 horas.

El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 18 de Septiembre a las 18:29 horas y finaliza el día 19 de Septiembre a las 19:25 horas.

Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Art. 2 de la Ley 27.399

(d) Se establecen como días no laborables con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399

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