Entre Ríos

Gualeguaychú: ordenaron suspender la construcción de un barrio cerrado en los humedales del río

El daño que causó la iniciativa a los humedales, que tuvo el visto bueno del gobierno provincial, sería irreparable e incluye la deforestación y el relleno artificial con tierra.
viernes, 18 de septiembre de 2015 11:03
viernes, 18 de septiembre de 2015 11:03
El juez de primera instancia en lo civil y comercial 2, Marcelo Arnolfi, hizo lugar a un amparo ambiental presentado por el abogado Julio Jesús Majul y ordenó a la empresa "Altos de Unzué S.A. suspender la construcción de un barrio cerrado en humedales del río Gualeguaychú, confirmó a AIM. La demanda se basa en las normas contenidas en los artículos 41, 43, 75 incisos 17 y 19 de la Constitución nacional y en los artículos 56 y 83 de la Constitución de Entre Ríos, además de lo dispuesto por la ley provincial 9032.
Un negocio inmobiliario que encontró coto.

El daño que causó la iniciativa a los humedales, que tuvo el visto bueno del gobierno provincial, sería irreparable e incluye la deforestación y el relleno artificial con tierra.

El texto presentado por el doctor Majul, ex senador provincial, pide al juez prevenir un daño inminente y la cesación de los perjuicios que ya están en marcha para la ciudad de Gualeguaychú y el lindante municipio de Pueblo Belgrano, situado del otro lado del río.

El escrito reclama medidas para que cesen los perjuicios ya producidos e impedir que prosigan las acciones que están perjudicando y perjudicarán más aún, en potencia, a toda la zona. Los demandados son la municipalidad de Pueblo General Belgrano, la empresa "Amarras del Gualeguaychú”, la secretaría de Ambiente Sustentable del gobierno de Entre Ríos.

La demanda se basa en las normas contenidas en los artículos 41, 43, 75 incisos 17 y 19 de la Constitución nacional y en los artículos 56 y 83 de la Constitución de Entre Ríos, además de lo dispuesto por la ley provincial 9032.

La presentación advierte "la inacción de las autoridades pertinentes, a quienes se demanda que actúen como les corresponde legalmente; y la actitud prepotente y avasalladora de la empresa comercial demandada, a quien se solicita se ordene que cese en sus labores depredadoras del ambiente”.

"Una empresa comercial cuyo nombre real e integración societaria los gualeguaychuenses desconocemos ha comenzado, sin las autorizaciones necesarias, tareas de desmonte de la zona del parque Unzué, de levantamiento de enormes diques, aparentemente para construcciones de viviendas o similares, y ha hecho toda clase de movimientos de tierra con fines de erección de una especie de barrio privado, con características anfibias (o sea que abarcará tierra y agua), causando evidentes perjuicios futuros a la población de Gualeguaychú y la zona de influencia”.

Majul hace notar que el emprendimiento ha merecido quejas, protestas y marchas de la comunidad gualeguaychuense y de Pueblo Belgrano, así como manifestaciones públicas y actuaciones administrativas de la municipalidad local; "sin que se conmueva para nada a los responsables del negocio, que siguen adelante, destruyendo montes nativos y causando daños a la flora y al ambiente todo de esa zona, amenazando seriamente a los habitantes de las zonas cercanas al río Gualeguaychú, que seguramente se verán inundados en cuanto repunte la altura de nuestro río, el antes llamado Yaguarí Guazú; peligro al que contribuyen los terraplenes erigidos y planeados por los comerciantes del proyecto inmobiliario que nos agrede”.

La presentación insiste en que hay violación de las normas ambientales dictadas por el gobierno provincial, "con la complicidad abierta del organismo que debiera controlar el cumplimento de estas normas en Entre Ríos”.

Al respecto, dice de la Secretaría de Ambiente: "es imposible pretender que el organismo que comanda el señor (Fernando) Raffo haga algo en defensa del ambiente en Gualeguaychú, porque no lo ha hecho nunca, siendo en realidad un organismo creado para otorgar una pátina de legalidad a cualquier emprendimiento antiambiental, pero jugoso monetariamente. Esta entidad es una de las demandadas, por cierto, y es de lamentar que sus autoridades, manifiestamente cómplices de la ilegalidad en la provincia, permanezcan impunes en su accionar antilegalista.

"Amarras” se emplaza dentro del valle de inundación del río Gualeguaychú, y la llanura o valle de inundación no cumple funciones de embalse de aguas como el caso de la represa de Salto Grande que amortigua los picos de crecidas del río Uruguay; este valle de inundación forma parte del propio cauce del río, es decir, es una superficie o sector que pertenece al río y le permite evacuar los importantes caudales que pudiera ocurrir en épocas de creciente.

La demando advierte que la empresa Altos de Unzué no ha presentado ni siquiera algún proyecto, evidenciando su desinterés y despreocupación por la cuestión. La Municipalidad de Gualeguaychú recuerda que "antes de cualquier aprobación o factibilidad de construcción del barrio y sin lugar a dudas antes de otorgarse el Certificado de Aptitud Ambiental, debería estar presentado y aprobado el plan de manejo de residuos por los organismos provinciales competentes en la temática”.

Luego enfatiza que la empresa demadada es absolutamente ilegal y tiene el apoyo de la Secretaría de Ambiente provincial, "que acostumbra apoyar proyectos ilegales, despertando sospechas obvias de por qué, o cuántas, razones lo hace. En este caso, dice la municipalidad de Gualeguaychú, "se está autorizando un emprendimiento sin contar con elementales autorizaciones de las autoridades correspondientes, como en este caso la Municipalidad de Gualeguaychú, para el tratamiento de los desechos cloacales”.

Majul insiste en que "el único ente que está autorizando esta nueva barbarie es el conducido por el señor Raffo. Ni siquiera la municipalidad de Pueblo Belgrano se ha atrevido (hasta ahora) a autorizar el adefesio ambiental que comentamos.

La propuesta comercial del emprendimiento consta de 335 lotes residenciales, más 110 lotes residenciales con frentes náuticos, más complejos multifamiliares de aproximadamente 200 unidades, más hoteles (aproximadamente 150 habitaciones), más comercio e infraestructura para otros servicios.

Advierte luego que en el barrio se moverán unos 1.700 vehículos sin sumar a los invitados y paseantes, que encontrarían un recorrido mucho más corto para llegar a Gualeguaychú. El impacto que generará ese movimiento vehicular nos hará perder todas las características de espacio de esparcimiento, recreación y de reserva verde del sector del Parque Unzué”.

La presentación reclama en suma que el juez disponga no sólo la suspensión de los efectos del acto administrativo, por el cual el organismo que conduce el señor Fernando Raffo aprobó este adefesio, sino que se lo declare nulo, de nulidad absoluta, por ser contrario a la Constitución Nacional y la Constitución provincial, en los artículos ya referidos, arts. 41, 43, 75 incisos. 17 y 19, de la Constitución Nacional, y arts. 56 y 83 de la constitución provincial con sus concordantes en ambos casos.

Asimismo, "y atendiendo a la inconcebible ligereza con que la municipalidad de Pueblo General Belgrano no se expide sobre esta cuestión”, también solicita al juez que se ordene a la autoridad municipal belgranense que no autorice nada de lo referido al proyecto ´Amarras´ por las mismas razones de clarísima violación a reglas constitucionales.

De la Redacción de AIM

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