martes, 15 de septiembre de 2015
07:16
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La Cámara del Crimen avaló el reconocimiento de un acusado a través de las fotografías publicadas en su perfil de la red social Facebook.
La Sala Sexta del tribunal, con las firmas de los jueces Marcelo Lucini y Mario Filozof, subrayó que "el reconocimiento impropio a través del cual se invita a la víctima para que indique si se encuentra o no la persona por ella mencionada no debe confundirse con la prueba de reconocimiento”.
En el caso, la víctima de un robo "relató que a partir de la patente de la moto que intervino en el hecho averiguó los datos de su titular y lo buscó en la página de Internet Facebook”, reconociendo así a su agresor en el sujeto que luce en las fotografías del perfil".
"Ello determinó que el fiscal le reciba un nuevo testimonio, acto en el cual accedió a esa página y obtuvo las imágenes del imputado", resumió la resolución.
Los jueces advirtieron que el reconocimiento en Facebook "se trata de una simple manifestación informal de conocimiento", por lo que "no se advierte ninguna afectación a las garantías constitucionales del imputado”.
Fuente: LosAndes.