lunes, 1 de junio de 2015
10:06
lunes, 1 de junio de 2015
10:06
En ambos casos la suma determinada es de 323 pesos, según la resolución general 3775 que se publica en el Boletín Oficial.
La adecuación de los montos se justifica por "razones de administración tributaria y la necesidad de mantener el debido financiamiento del Sistema Nacional del Seguro de Salud y del Régimen Nacional de Obras Sociales”.
La AFIP indicó que de este modo se garantiza "el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas, en razón de la política de inclusión social que lleva adelante el gobierno nacional”.
Fuente: Telam