Atención usuarios

Las empresas de telefonía celulares deberán informar todos los precios y servicios que tienen

El Gobierno oficializó, a través de la resolución 29/2014 publicada en el Boletín Oficial, que las operadoras deberán detallar a través de distintos canales los precios de los planes que utilizan los usuarios.
jueves, 12 de junio de 2014 10:53
jueves, 12 de junio de 2014 10:53
El Gobierno oficializó hoy a través de la resolución 29/2014, publicada en el Boletín Oficial, toda la información que las empresas de telefonía móvil deberán informar a sus clientes con el lanzamiento de la campaña "Conocé lo que pagás", anunciada ayer por los secretarios de Comercio, Augusto Costa, y de Comunicaciones, Norberto Berner.

La normativa establece que las operadoras deberán detallar a través de distintos canales los precios de los planes que utilizan los usuarios, incluyendo datos acerca del costo del segundo en las llamadas, los SMS y los datos utilizados para internet.

Los nuevos requerimientos se fundamentan, entre otros factores, en que "los usuarios de los servicios de comunicaciones móviles han realizado diversas presentaciones relacionadas con la deficiencia informativa respecto al servicio y con la atención de las empresas prestadoras", según se explica en los considerandos de la resolución.

Con la nueva reglamentación, las empresas de celulares deberán informar a los clientes "en forma regular y gratuita" y "como mínimo" el precio del abono correspondiente al plan contratado, así como el costo de "los primeros treinta (30) segundos de establecida la comunicación" y el precio vigente por segundo en las llamadas locales y de larga distancia nacionales e internacionales.

Asimismo, la norma detalla que el precio de "los primeros treinta (30) segundos será igual o menor al precio del segundo multiplicado por treinta (30)", en tanto que se deberá informar la tarifa por segundo "incluido en el plan contratado y el segundo excedente, dentro y fuera de su red".

En forma similar, las operadoras deberán comunicar a sus usuarios el precio del envío de mensajes de texto (SMS) y multimedia (MMS) incluidos dentro del plan que utilizan y de los excedentes, dentro y fuera de su red.

El costo del acceso a internet también deberá precisarse "por hora, día, semana, mes, kilobyte o megabyte, según corresponda, dentro del plan contratado y excedentes".

Del mismo modo, los gastos administrativos o adicionales en la utilización del servicio deberán ser informados, mientras que todos los precios comunicados deberán incluir impuestos y tasas correspondientes.

En el caso de clientes prepagos, los datos sobre tarifas y costos de cada uno de los servicios deberán figurar en la web de la operadora (mostrados en una única página), un correo electrónico o teléfonos gratuitos. Los clientes con contrato podrán encontrar esta información por estas vías y también en su factura.

Con la nueva normativa, las empresas de telefonía celular deberán brindar el detalle de bonificaciones, indicando el importe bonificado y sus condiciones, así como de promociones, sobre las cuales deberán identificar "conceptos sobre los que recaen, cómo operan, el lapso de su vigencia y el precio del servicio" al término de la misma.

Sobre este punto, la resolución agrega: "La información relacionada con las promociones provista por las prestadoras del servicio de comunicaciones móviles deberá ser clara, veraz, sin ocultamiento ni inexactitudes que puedan inducir a error o confusión respecto de la disponibilidad y características del servicio ofrecido".

La normativa prevé que las operadoras pongan a disposición de los usuarios, para que estos consulten cuando deseen, el detalle de las llamadas realizadas, indicando destino, duración (en segundos) y si se efectuaron dentro o fuera de la red, al igual que para los SMS, MMS y el consumo de internet. Deberán indicar número de destino, fecha y hora de la comunicación en cada caso.

Estos datos, para el mes en curso y los seis meses inmediatos anteriores a la consulta realizada, deberá ser puesta a disposición de los clientes de forma gratuita para ser consultada cuando el consumidor lo solicite a través de una única página web de la proveedora del servicio, un mail o por vía telefónica (con números gratuitos).

Asimismo, las empresas de celulares deberán enviar un SMS "al momento de cada recarga de crédito o al inicio de cada ciclo de facturación mensual y recarga o acreditación automática de crédito". En el mensaje se incluirá el precio del abono, los precios del segundo y de los primeros 30 segundos de comunicación dentro y fuera de la red, así como el costo del SMS y de acceso a internet.

La reglamentación entrará en vigencia en 30 días.

 

Fuente: Infobae

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