Salud

Licencias docentes en San Juan: qué casos se contemplan para la continuidad de la dispensa

La Resolución 2859 del Ministerio de Educación detalla las tres circunstancias bajo las que el personal puede continuar sin asistir al trabajo presencial y que tienen distintas duraciones.
miércoles, 4 de agosto de 2021 15:05
miércoles, 4 de agosto de 2021 15:05

Los docentes sanjuaninos que tenían licencias COVID, por estos días están revisando si encuadran dentro de las situaciones contempladas en el Decreto Acuerdo Nº 0032-2021, del Gobierno de San Juan, que establece quiénes deben volver a trabajar de manera presencial. Pero es la Resolución 2859 del Ministerio de Educación la que detalla quiénes podrán continuar con la dispensa, renovándola bajo esta nueva normativa.

Pueden mantener la dispensa los docentes que tengan ellos, o algún menor a su cargo, padecimientos oncológicos, de inmunodeficiencia o sean trasplantados. En el caso que los dos padres sean docentes, sólo uno de ellos podrá acceder a las dispensas. Este es el detalle exacto de las patologías contempladas:

-Inmunodeficiencias congénitas, asplenia funcional o anatómica (incluye anemia drepanocítica) y desnutrición grave.

-Personas que viven con VIH (menos de 350 CD4 o con carga viral detectable)

-Personas con medicación inmunosupresora o con corticoides en altas dosis)

-Pacientes oncológicos o trasplantados:

*con enfermedad oncohematológica hasta 6 meses posteriores de remisión completa

*con tumor de órgano sólido en tratamiento

*trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos, con inmunodeficiencia oncológicos y/ trasplantados

Por otra parte, aquellos docentes que por voluntad propia y de manera injustificada hayan decidido o decidan no vacunarse, deberán declarar bajo juramento el motivo de la oposición y si el mismo no es justificado, deberán concurrir a su tarea presencial. Si no lo hacen, se procederá al descuento del salario por los días de ausencia. A través de una nota pueden explicar los motivos por los que no recibió la vacuna contra coronavirus.

Finalmente, aquellos docentes que no hayan recibido la segunda dosis de la vacuna por coronavirus, por motivos que deben detallar en una nota, pueden justificar sus inasistencias con el compromiso de presentarse a trabajar una vez que complete su esquema de inmunización. De lo contrario, también se les descontarán los días del salario. 

Qué dicen los decretos vigentes

En virtud del decreto acuerdo 0043-2020, se estableció el trabajo de manera presencial en los establecimientos educativos de la provincia bajo eléctrico cumplimiento de protocolos sanitarios COVID-19 manteniendo el artículo quinto de la adhesión al régimen de licencias establecidas al decreto acuerdo número 33-2020 para el personal docente, no docente y de maestranza que acreditaran reunir las condiciones allí contempladas.

El decreto acuerdo 0017-2021 determinó la obligación de los agentes provinciales que se encontrarán gozando de la dispensa de reintegrarse a su lugar de trabajo resulta necesario contar con la presencia de la totalidad del personal en los establecimientos educativos de la provincia haciendo extensiva la obligación de presentar tareas presenciales personal docente que hasta el momento encuadraban los supuestos de acceso a las dispensas por COVID-19.

 

 

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