Servicios

Enargas aprobó el monto millonario que se pagará a Ecogas por la devaluación

Es por las Diferencias Diarias Acumuladas mensualmente entre el valor del gas comprado y el incluido en los cuadros tarifarios vigentes, entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019
jueves, 14 de noviembre de 2019 10:40
jueves, 14 de noviembre de 2019 10:40

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó una compensación de $ 24.524.715.128,43 por la devaluación a las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes, por las Diferencias Diarias Acumuladas mensualmente (DDA) entre el valor del gas comprado y el incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio. En la lista figura Ecogas (Distribuidora de Gas Cuyana) que presta servicio en San Juan.

Lo hizo a través de la resolución 735/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial, que precisó que las prestadoras beneficiadas son Naturgy BAN, con $ 4.295.600.538,99; Metrogas, $ 4.572.384.986,88; Camuzzi Gas Pampeana, $ 5.144.263.397,74; Camuzzi Gas del Sur, $ 3.407.375.811,45; Litoral Gas, $ 2.011.767.204,28; Gas Nea, $ 309.944.621,64; Gasnor, $ 778.783.460,88; Redengas, $ 122.300.593,11; Distribuidora de Gas del Centro, $ 1.898.908.387,66; y Distribuidora de Gas Cuyana, $ 1.983.386.125,80.

A su vez estas compañías abonarán esas diferencias a los proveedores Integración Energética Argentina (Ieasa), Tecpetrol, Total Austral, Compañía General de Combustibles, Pan American Energy, Pan American Sur, Wintershall Dea, Compañía Inversora de Energía (Cinergia), Pluspetrol, Pluspetrol Energía, YPF, Enap Sipetrol, Mobil, Pampa Energía, Vista Oil & Gas, Roch, y nuevamente la misma empresa en representación de la Unión Transitoria de Empresas denominada "Rio Cullen Las Violetas".

A través del decreto 1053/18 el Enargas determinó que el reconocimiento de las DDA solo resultaría aplicable a aquellas prestadoras y proveedores de gas natural que adhirieran al régimen instituido y renunciaran expresamente a toda acción o reclamo.

Posteriormente la resolución 466/2019 aclaró que la adhesión implicaba la aceptación íntegra del régimen instituido, sin reservas de ninguna clase o naturaleza y, a la vez, la renuncia total, plena, incondicionada y definitiva a iniciar reclamos administrativos, arbitrales o judiciales de cualquier naturaleza y en cualquier jurisdicción, local o internacional.

Si bien la fecha para presentar las solicitudes de adhesión era originalmente el 15 de setiembre de este año, se extendió el plazo hasta el 25 de octubre último.

Previo a operar el vencimiento para solicitar su adhesión al régimen, las firmas YPF, Pan American Energy, Pan American Sur, Compañía General de Combustibles, Wintershall Dea y Litoral Gas interpusieron recursos de alzada contra la Resolución 466/2019, los cuales fueron elevados a la Secretaría de Energía.

Sin embargo, todas las recurrentes solicitaron posteriormente su adhesión al régimen, y suscribieron el modelo de solicitud aprobado por la resolución cuestionada, lo cual implicaba su aceptación íntegra y sin reservas, y la renuncia a toda acción o reclamo derivado de las DDA.

Comentarios