Cámara de Importadores

Las regulaciones en el mercado de cambios afecta las importaciones

La entidad elevó una solicitud de revisión de los requisitos que estableció la comunicación "A" 6818 del BCRA, "ya que es de difícil cumplimiento tanto en los aspectos logísticos como en los comerciales".
viernes, 1 de noviembre de 2019 13:14
viernes, 1 de noviembre de 2019 13:14

La Cámara de Importadores (CIRA) solicitó hoy al Banco Central de la República Argentina (BCRA) y a la secretaria de Comercio Exterior, Marisa Bircher, que modifiquen recientes medidas que regulan el acceso al mercado de cambios, para los pagos de importaciones y otras compras de bienes en el exterior, "lo cual genera incertidumbre y un impacto negativo en el flujo de operaciones del comercio exterior".

La entidad elevó una solicitud de revisión de los requisitos que estableció la comunicación "A" 6818 del BCRA, "ya que es de difícil cumplimiento tanto en los aspectos logísticos como en los comerciales".

"Los 90 días que exige el Banco Central para demostrar el registro de ingreso aduanero a partir de la fecha de acceso al mercado de cambios son insuficientes e imposibles de cumplimentar", advirtió la cámara.

Demandó en ese sentido la modificación del plazo de anticipo de pagos por importaciones, de 90 a 365 días, "a fin de minimizar los costos, los cuales al final de la cadena terminan pagando todos los consumidores".

La CIRA recordó que la mercadería "no se encuentra siempre en stock, lista para embarcar, sino que debe ser fabricada especialmente para cumplimentar la orden de compra del importador".

Por lo cual los anticipos que deben abonarse forman parte del compromiso económico que el importador toma con su proveedor en el exterior.

"Esta situación se agrava aún más en el caso del comercio con cualquier país del continente asiático, ya que las mercaderías de ese origen poseen un tiempo de tránsito que va de los 45 a los 60 días, a lo cual se le suma el tiempo de producción, logística de embarque en origen y desaduanamiento en la Argentina", explicó la cámara.

Por otro lado, agregó, el requisito planteado por el Banco Central de que el pago de la importación sea realizado al proveedor "también choca con la operativa habitual del comercio, donde el proveedor suele indicar al empresario argentino datos de cuenta y elementos para el pago que no siempre coinciden con los del propio proveedor".

En ese sentido la CIRA solicitó la posibilidad de incluir en la factura comercial una "instrucción de pago", donde el importador demuestre que el beneficiario del pago no es su proveedor, porque este último así se lo indicó formalmente, y donde consten los datos del nuevo beneficiario final.

Otro punto que genera incertidumbre en el sector importador, añadió la entidad, es lo que el BCRA define como "deuda no comercial" y "deuda financiera", cuyos tratamientos difieren en la nueva norma.

La CIRA le pidió además al BCRA que se aclare si una segunda refinanciación de una deuda es considerada comercial o financiera, ya que "en un presente económico difícil, muchos importadores logran acceder a un refinanciamiento de sus deudas con el proveedor del exterior en más de una oportunidad".

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