Fallo judicial

300 mil jubilados podrían beneficiarse con un fallo de la Corte

La Corte consideró que la opción de este jubilado por cobrar su retiro a través de una compañía de seguros no podía colocarlo al margen de la garantía de movilidad consagrada en el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
viernes, 5 de febrero de 2016 11:40
viernes, 5 de febrero de 2016 11:40
La Corte Suprema de Justicia reconoció a un jubilado por invalidez y ordenó aplicar el "fallo Badaro" y la movilidad de la Anses a su haber. El hombre percibía su prestación a través de una AFJP, y estaba cobrando a través de una compañía de seguros.

El Máximo Tribunal consideró que la opción de este jubilado por cobrar su retiro a través de una compañía de seguros bajo la modalidad de "renta vitalicia previsional" no podía colocarlo al margen de la garantía de movilidad consagrada en el art. 14 bis de la Constitución Nacional, que tiene carácter irrenunciable.

Del fallo surge también que el hombre –que recibe $7.177 mensuales– triplicará sus ingresos: pasará a cobrar 22.730 pesos. Además, deberá cobrar la diferencia acumulada desde 2008 hasta ahora (87,86%) entre lo abonado por la compañía de seguros y lo que hubiera cobrado según los aumentos del sistema estatal (495,40%).

Para la Corte, el desconocimiento de esa diferencia implicaría transformar la opción que la ley ofrecía de cobrar la jubilación a través de una aseguradora privada en una renuncia a la movilidad, supuesto que la Constitución Nacional no tolera.

Todo ese dinero deberá ser afrontado por la Anses porque es "al Estado a quien va dirigido el mandato constitucional de otorgar movilidad y que, además, es el responsable del diseño, regulación y control del sistema de capitalización que, en el caso, produjo resultados injustos", dijo la Corte.

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