Recaudaciones

Rige el nuevo sistema de retenciones para los morosos de Rentas

La DGR localizará a los contribuyentes en falta y actualizará sus deudas. Quienes estén al día figurarán mensualmente en un padrón on line.
martes, 4 de junio de 2013 19:34
martes, 4 de junio de 2013 19:34
Con las modificaciones a las resoluciones 1535, 1536 y 1537, la Dirección General de Rentas publicó el listado de sus contribuyentes de Régimen Simplificado que están al día y comenzará a aplicar retenciones a quienes estén morosos al 1 de Junio, a partir de lo establecido en el artículo 131 Bis del Código Tributario. De esa forma, se busca aumentar las recaudaciones en ese rubro.

Las resoluciones establecen que quienes cumplan con el pago del Impuesto de Ingresos Brutos no serán pasibles de retenciones, percepciones y/o recaudaciones de la mencionada obligación tributaria.

Para quienes no se encuentren al día, las percepciones y retenciones se aplicarán a la deuda más antigua en la cuenta corriente del contribuyente y serán tomadas como pago a cuenta sobre el Impuesto a los Ingresos Brutos, según señala el artículo 21 de la Resolución N° 2222 de la DGR.

Los padrones con los contribuyentes al día serán publicados todos los meses en la Web de Rentas (www.sanjuandgr.com.ar) y podrán tramitar un certificado de no retención y no percepción. Quienes regularicen su situación serán sumados al listado al día 15 del mes siguiente.
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