Controles

AFIP insistió en que los viajeros deben conocer los productos que pueden ingresar desde Chile

El organismo expresó que hay un detalle de elementos que se consideran equipaje y otros que quedan fuera. Además, por Agua Negra, por ejemplo, no ingresa mercadería al por mayor para vender.
martes, 24 de enero de 2017 10:59
martes, 24 de enero de 2017 10:59
Quienes viajan a Chile para vacacionar y comprar más barato productos electrónicos, ropa o calzado, deben conocer qué productos pueden ingresar y qué no. Así volvió a resaltarlo AFIP ya que aumentó la cantidad de decomisos y también de multados por infringir la lista establecida de bienes que pueden entrar al país.
 
En la declaración de objetos se considera como equipaje a los efectos nuevos o usados que un viajero puede utilizar para uso o consumo personal o para ser obsequiados.
 
Mientras que lo prohibido es:

- Todo tipo de mercadería con finalidad comercial o industrial.
- Armas de fuego, salvo autorización del Registro Nacional de Armas (RENAR)
- Explosivos, inflamables y estupefacientes.
- Mercadería de importación prohibida por razones no económicas (salud, seguridad, etc.).
- Transportar equipaje de terceros.
- Mercaderías que no constituyen equipaje (Muebles del hogar, camas, mesas, sillas, sillones,
sommiers; línea blanca, heladeras, freezers, cocinas, estufas, lavarropas, secarropas,
lavavajillas; materiales de construcción; repuestos)
- El egreso de dinero en efectivo, cheques de viajero, divisas o su equivalente en metales
preciosos por cifras superiores a U$S 10.000. Los viajeros menores de 16 años de edad no emancipados no podrán egresar importes que superen U$S 5.000. 

La declaración de equipaje es obligatoria y debe ser por escrito completando el formulario OM-2087/G2 que se le entregará la AFIP-Aduana.

¿Cuánto se paga de impuesto al excedente?

La franquicia para el ingreso de otros objetos dentro del concepto de equipaje (que no son ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos) varía según la vía de ingreso del viajero. El límite de compras es de 150 U$S por persona por vía terrestre y U$S 300 por vía aérea.
 
En tanto, para los menores de 16 años esta franquicia se reducirá a la mitad. Al superar este límite, se debe pagar 50% del excedente de esa franquicia. Algo importante: si se retorna en familia (que viven en el mismo domicilio), el límite se puede acumular.  

Otro dato a tener en cuenta, es que la franquicia permitida se puede utilizar una vez por mes, es decir, que quienes desean viajar a Chile más de una vez no pueden superar el límite de los 150 U$S.

Comentarios