AFIP

Esta semana vence el plazo para reclamar la devolución del IVA

Hasta el 31 se puede hacer el trámite en el sitio web de la AFIP para cobrar el 35% de adelanto de impuesto a las ganancias en gastos con tarjetas, pasajes de avión al exterior y dólar ahorro.
lunes, 26 de enero de 2015 18:23
lunes, 26 de enero de 2015 18:23

Para los trabajadores en relación de dependencia que sufren retenciones del Impuesto a las Ganancias, el recupero de esas percepciones tiene  plazo hasta el 31 de enero. Durante 2014, AFIP habría retenido más de 10.000 millones de pesos entre el 20% de percepción por compra de dólar ahorro y el 35% de dólar turismo, pasajes y compras con tarjeta en el exterior que AFIP cobra como percepción de Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales.

Te  presentamos una guía paso a paso para pedir la devolución a AFIP, aplicable tanto a quienes pagan como quienes no pagan Ganancias.

Para poder tramitar la devolución ante AFIP se debe contar con Clave Fiscal de AFIP con datos biométricos –foto, huellas dactilares y firma-. Para ello se debe ir a la Agencia de AFIP asociada al domicilio fiscal del DNI.

Quien pagó Ganancias durante 2014 deberá pedirle a su empleador que le devuelva –parte o la totalidad-  lo retenido durante el año como adelanto de pago del impuesto. Para ello, deberá presentar una declaración jurada online a su empleador mediante el Formulario 572web en el sitio de la AFIP.

Este formulario web, llamado SiRADIG, es obligatorio para todos aquellos empleados en relación de dependencia que ganen más de $250.000 brutos al año incluyendo aguinaldo y vacaciones.

Por más que se carguen los datos cion el único objetivo de pedir la devolución del 20% a 35% por compras al exterior o dólar ahorro, se deben cargar todas las deducciones en este formulario web. Esto incluye cargas de familia, deducciones por intereses hipotecarios, prepagas, seguro de vida, el pago en blanco a la empleada doméstica y si se tiene a cargo padre o madre con jubilación mínima.

Para pedir la devolución:
1) Una vez en el sitio web de AFIP ingresar con clave fiscal
2) Una vez ingresado en el portal privado, ir a "SiRADIG – Trabajador”. Para comenzar, cliquear en "Crear nuevo borrador”
3) Actualizar los Datos Personales. La mayoría se encontrarán pre-cargados. Agregar el número de celular y dirección y "Guardar”.
4) En "Empleadores” solicitan los datos de todas las empresas en donde se trabaja y que hacen aportes a AFIP. Para conseguir los datos, es recomendable contar con al menos un recibo de sueldo a mano.

AFIP solicita CUIT del empleador, razón social y fecha de ingreso que se encontrarán en el recibo de sueldo. Ante la pregunta "¿Es agente de retención?”, poner SI en caso de tener un solo trabajo en blanco. En caso de tener más de un trabajo en blanco, poner SI únicamente al de la empresa con salario más alto. Al resto marcar NO.
En caso de tener más de un empleador, se deben cargar tantas empresas como trabajos se cuente. En esos casos, se deberá cargar manualmente los montos de los empleos más chicos. Eso es, Ganancia Bruta (el salario bruto), aportes y deducciones para cada mes cobrado.
5) Cargar las deducciones regulares del Impuesto a las Ganancias. Esto incluye cargas de familia, deducciones por intereses hipotecarios, prepagas, seguro de vida, antes mencionados.

5.1) Cargas de Familia: sólo aplica a los siguientes parentescos que no deberán tener ingresos mayores al mínimo no imponible de forma anual:

6) Devolución de AFIP

En 4- Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta se podrán cargar todos los conceptos deducibles por haberse pagado de otro modo (impuesto a créditos y débitos, 20% de dólar ahorro, 35% de tarjetas de crédito/débito o pasajes, etc.).

Se debe entrar en el menú "Pago a cuenta – Compras en el exterior”. Allí se va a abrir un menú, en donde para cada mes, por cada tarjeta (débito / crédito – Visa, MasterCard, Amex, etc.-) de cada banco con el que se operó, se deberá cargar el monto de la percepción que se pagó.

Para cargar la devolución de dólar ahorro se podrá seguir la "Guia para solicitar el 20% de dólar ahorro”: Elegir "Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 3583/2014. Adquisición de moneda extranjera para tenencia de billetes extranjeros en el país”. Allí aparecerá un menú desplegable en donde, a diferencia de las otras percepciones pagadas (aquellas que pagan 35%) AFIP incorpora de manera automática las autorizaciones realizadas para compra de divisas para ahorro. Se selecciona del menú desplegable cada una de las autorizaciones, verificando estén correctos los datos que incluyen, y se carga la fecha en la que se efectivizó la compra. Se hace clic en "Guardar” y se cargan el resto de las autorizaciones. Una vez que están todas cargadas, el sistema informará que ya no quedan más percepciones a cargar.

Es importante considerar que quien no llega a presentar el 572 web antes del 31 de enero, no se pierde la oportunidad de devolución. En vez de pedirle el dinero al empleador, se le pide a AFIP.

Fuente: TN

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