Insólito

Un colectivero tendrá que indeminzar al Gobierno porteño por un accidente con una maestra

El chofer tiene que devolverle el dinero que el Ministerio de Educación le pagó a una maestra que no pudo trabajar durante 33 días porque el conductor la hirió, cuando conducía una unidad de la línea 92.
jueves, 20 de noviembre de 2014 00:39
jueves, 20 de noviembre de 2014 00:39
En un insólito fallo, un colectivero deberá indeminizar al Gobierno porteño por un accidente que causó en 2002. Sucede que el chofer tiene que devolverle el dinero que el Ministerio de Educación le pagó a una maestra que no pudo trabajar durante 33 días porque el conductor la hirió, cuando conducía una unidad de la línea 92. 

Según el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 16 de la Ciudad de Buenos Aires, Martín Furchi, quien resolvió aceptar la demanda del Gobierno porteño contra el conductor, el responsable tendrá que pagar $1.533,56 más intereses.

De acuerdo con el Departamento de Información Judicial del Consejo de la Magistratura porteño, en la sentencia se hizo lugar "al planteo de la administración comunal que reclamaba la recuperación de los haberes abonados en 2002 a una de sus empleadas, correspondientes a los días que no concurrió a su trabajo, en la Escuela N°14 del Distrito Escolar N° 20, debido al accidente que sufrió, camino a su puesto de trabajo, por una mala maniobra del colectivero".

En la resolución, se detalla que la mala maniobra del chofer hizo que la docente se golpeara contra una baranda y sufriera lesiones en los brazos. Con el diagnóstico "traumatismo de codo" tuvo recomendación médica de permanecer de licencia poco más de un mes. Además, el juez desestimó que la demanda corriera contra la empresa Micrómnibus Sáenz Peña S.R.L.

Por otro lado, la aseguradora tampoco respondió: si bien dijo en la causa que aseguraba a la prestadora del servicio, negó ser aseguradora del conductor. Y el juez resolvió no extender la responsabilidad a ninguna de las dos empresas. En cambio, sí hizo responsable al conductor demandado, "en su carácter de ‘guardián' del ómnibus que provocó el hecho dañoso". Así, afirmó que sólo él"es responsable por los daños producidos".

Furchi recordó que el artículo 1079 del Código Civil "consagra la obligación de reparar el daño causado por un hecho ilícito no sólo respecto de aquél a quien el delito ha damnificado directamente, sino también respecto de toda otra persona que por él hubiese sufrido, aunque sea de una manera indirecta", dándole la razón al Gobierno porteño.

Tantos años después, la cifra resulta mínima. Pero el juez hizo más hincapié en lo ocurrido que en el desembolso de dinero que tiene que hacer actualmente. "La suma indicada constituye entonces la medida del perjuicio sufrido por la actora, debiendo el demandado abonarla a fin de dejar indemne el patrimonio afectado", concluyó Furchi.

Fuente: La Razón

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